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Personas con arresto domiciliario en Ecuador deberán usar grillete electrónico

El Consejo de la Judicatura aprobó un nuevo reglamento que establece el uso obligatorio de grillete para quienes cumplan arresto domiciliario.

Quienes cumplan arresto domiciliario tendrán que usar grillete electrónico

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Autor

Ana Rosero

Actualizado:

02 oct 2026 - 11:20

El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó el nuevo Reglamento para la Aplicación y Ejecución del Arresto Domiciliario, que establece nuevas condiciones para el cumplimiento de esta medida cautelar.

La normativa, que está compuesta por 20 artículos, dispone que las personas procesadas que permanezcan bajo arresto domiciliario deberán utilizar de manera obligatoria un grillete electrónico.

El dispositivo permitirá realizar monitoreo, seguimiento y control de las personas que cumplen esta medida.

¿Quiénes pueden acceder al arresto domiciliario?

El reglamento establece criterios para que los jueces determinen cuándo corresponde aplicar el arresto domiciliario. Entre las personas que pueden acceder a esta medida están:

  • Mujeres embarazadas y aquellas que se encuentren hasta 90 días después del parto. Este plazo puede extenderse hasta otros 90 días si el recién nacido presenta una enfermedad que requiera cuidados especiales de la madre.
  • Personas mayores de 65 años.
  • Personas con enfermedades terminales, discapacidad severa o enfermedades catastróficas, de alta complejidad, raras o huérfanas, cuando estas condiciones les impidan valerse por sí mismas y estén respaldadas por un certificado médico de una entidad pública.
  •  Miembros activos de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria y otros funcionarios de seguridad, cuando el hecho investigado esté relacionado con el ejercicio de sus funciones.

¿Cómo se controlará el arresto domiciliario?

El juez será quien disponga el arresto domiciliario y ordenará el uso obligatorio del dispositivo de vigilancia electrónica.

Cuando exista disponibilidad de grilletes y capacidad de monitoreo, se dispondrá además la vigilancia periódica de la Policía Nacional.

En caso de que no haya dispositivos disponibles o capacidad para monitorearlos, el juez podrá ordenar vigilancia policial permanente.

"El Reglamento establece criterios claros para que los jueces determinen cuándo corresponde aplicar el arresto domiciliario. Con esta disposición se optimizará el trabajo de los servidores policiales para tareas de seguridad ciudadana", señaló la Judicatura.