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Viajar a EE.UU. tendrá un nuevo requisito desde el 3 de noviembre: ¿en qué consiste?

Los pasajeros de vuelos internacionales con destino a territorio estadounidense deberán firmar una declaración sanitaria.

Vuelo comercial, imagen referencial.

iStockphoto

Autor

Ana Rosero

Actualizado:

02 nov 2026 - 09:30

Quienes tengan previsto viajar a Estados Unidos deberán cumplir un nuevo requisito sanitario a partir del próximo 3 de noviembre de 2026.

La disposición establece que todos los pasajeros que viajen desde el extranjero en una aeronave con destino a Estados Unidos deberán presentar una declaración firmada en la que certifiquen que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al vuelo.

La medida fue establecida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) como parte de las acciones para prevenir la propagación del ébola.

La exigencia entrará en vigencia a las 23:59 del 3 de noviembre, y será obligatoria independientemente de la nacionalidad del viajero o del país desde donde salga el avión.

Esto significa que deberán cumplirla los ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes, turistas y extranjeros de cualquier nacionalidad. La obligación también se extiende a los integrantes de las tripulaciones de aeronaves de pasajeros y de carga.

La presentación de la declaración sanitaria no contempla únicamente los vuelos cuyo destino final sea Estados Unidos. También incluye los itinerarios que tengan una escala en territorio estadounidense antes de continuar hacia otro país.

La disposición también comprende aeronaves privadas, de aviación general y de carga. En cambio, quedan excluidos los aviones que sobrevuelen territorio estadounidense sin realizar un aterrizaje.

¿Qué pasa si una persona estuvo en la RD del Congo?

Los CDC establecen que quienes hayan permanecido en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al viaje deberán esperar a completar ese período fuera de ese país antes de abordar un vuelo hacia Estados Unidos.

La norma considera que una persona estuvo en territorio congoleño si tuvo presencia física en el país por vía aérea, terrestre o marítima.

Por lo tanto, también se contabilizan las escalas en aeropuertos de la República Democrática del Congo, incluso si el pasajero no salió de la terminal, no pasó por los controles migratorios o permaneció dentro de la aeronave.

La única excepción corresponde a los aviones que atraviesen el espacio aéreo del país africano sin aterrizar.

¿Cómo se deberá presentar la declaración sanitaria?

Los CDC permitirán entregar el documento en formato físico o digital. Cada aerolínea y operador de aeronaves deberá definir sus propios mecanismos para recibir y conservar las declaraciones.