Presidente Noboa dispone diferir hasta 90 días los créditos de los afectados por El Niño en Ecuador
La medida permite a las entidades financieras públicas, privadas y de la economía popular y solidaria aplazar las cuotas de los clientes afectados por el fenómeno El Niño.

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 529 este jueves 5 de noviembre de 2026.
Presidencia de la República del Ecuador
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Actualizado:
05 nov 2026 - 13:48
El presidente Daniel Noboa decretó el diferimiento extraordinario de las obligaciones crediticias para las personas afectadas por el fenómeno de El Niño en Ecuador.
La disposición consta en el Decreto Ejecutivo 529, firmado este jueves 5 de noviembre de 2026, y establece que el aplazamiento podrá concederse por un período máximo de 90 días.
¿Quiénes pueden acceder al diferimiento de deudas?
La medida está dirigida a los deudores afectados por las lluvias e inundaciones asociadas a El Niño.
Podrán aplicarla las entidades de los sectores financieros público, privado y popular y solidario, mediante mecanismos de aplazamiento temporal de las obligaciones crediticias.
El decreto establece que el diferimiento podrá solicitarlo el cliente y deberá contar con la aceptación de la entidad financiera.
También podrá ser una iniciativa del banco o cooperativa, pero en ese caso necesitará la aceptación expresa del deudor.
Por tanto, el aplazamiento no se aplica automáticamente a todos los créditos.
Las cuotas pasarán al final de la tabla de pagos
Uno de los puntos centrales de la disposición es que las cuotas que debían pagarse durante el período de diferimiento podrán trasladarse al final de la tabla de amortización.
Esto permitirá aplazar los pagos sin que se acumulen como cuotas vencidas durante el tiempo acordado.
Además, el mecanismo no generará intereses moratorios, gastos, recargos ni multas.
El decreto establece que la medida surtirá efecto desde el acuerdo entre el cliente y la entidad financiera, por el plazo que se haya establecido.
La Junta Financiera tendrá 15 días para emitir las reglas
La disposición transitoria del Decreto 529 establece que la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria deberá emitir la normativa necesaria para aplicar este mecanismo en un plazo máximo de 15 días, contado desde el 5 de noviembre.
El decreto no establece una condonación de las deudas, sino un aplazamiento temporal de las cuotas para los clientes afectados por El Niño.
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