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Lácteos, carnes procesada...; estos son los alimentos que gravarán 15% de IVA

El SRI emitió una circular en la que aclara que un grupo de alimentos empezarán a gravar IVA del 15%. 

Los alimentos procesados tendrán IVA del 15% en Ecuador, de acuerdo a una resolución del SRI.

EFE

Autor

Lizette Abril

Actualizada:

01 abr 2026 - 12:38

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una nueva circular en la que aclara qué productos alimenticios dejarán de aplicar tarifa 0% y pasarán a gravarse con el 15% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador.   

La disposición, firmada el 26 de marzo de 2026, establece criterios más precisos sobre el tratamiento tributario de alimentos procesados, preparados o importados.

Según el documento, la medida no crea nuevos impuestos, pero sí delimita qué productos ya no califican como alimentos básicos en estado natural, para los que se mantiene la tarifa 0%, y, por tanto, deben pagar el IVA vigente.

Con esta resolución, el SRI explicó que no modifica a los productos que no pagan IVA y que están definidos en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Es decir, alimentos en estado natural o con procesos mínimos que no alteren su esencia.

Ese artículo clasifica a los productos en tres grupos: , 

  • Productos alimenticios de origen agropecuario en estado natural
  • Leche en estado natural, pasteurizada, homogeneizada y en polvo de producción nacional; quesos y yogures y leches maternizadas y proteicos para la nutrición infantil
  •  Productos elaborados  

Alimentos procesados y bebidas entran a la lista

El documento oficial detalla que los productos alimenticios que han sido sometidos a procesos de transformación dejan de beneficiarse de la tarifa 0%. En este grupo se incluyen:

  • Pulpas y jugos de fruta procesados
  • Bebidas preparadas como batidos o refrescos
  • Infusiones listas para beber

Estos productos, al no considerarse en estado natural, pasan a pagar el 15% de IVA.

Carnes procesadas también pagarán IVA

Otro de los cambios relevantes es la inclusión de carnes que han sido sometidas a algún tipo de preparación. Entre ellas:

  • Carnes cocidas o precocidas
  • Productos adobados, marinados o sazonados
  • Carnes desmenuzadas o listas para consumo

Además, cualquier mezcla de carne con otros productos, independientemente de si estos tenían tarifa 0%, también estará gravada.

Lácteos con modificaciones también entran en la lista

El SRI establece que solo la leche en estado natural o con procesos básicos mantiene tarifa 0%. Sin embargo, varios derivados pasan a pagar IVA:

  • Leches importadas
  • Leche deslactosada, descremada o semidescremada
  • Leches saborizadas o fortificadas
  • Leche condensada, evaporada o en crema
  • Manjar, suero y nata

Se excluye de esta medida la leche maternizada.

Panadería, repostería y productos preparados

La resolución también incluye una amplia lista de productos elaborados que ahora estarán gravados con el 15%:

  • Pasteles, tortas, galletas, muffins, cupcakes
  • Panes que no cumplan normas técnicas específicas
  • Panetón, pan de molde, pan de yuca
  • Empanadas, rosquitas y otros panificados
  • Sánduches y tostadas

Asimismo, se incluyen sopas instantáneas, fideos precocidos y productos listos para consumir o mezclar.

Enlatados y productos combinados

En el caso de productos del mar, la circular señala que ciertos enlatados importados estarán gravados:

  • Atún, sardina, macarela y trucha enlatados importados
  • Preparaciones como encebollado o ensaladas de atún envasadas
  • Mezclas de atún con otros ingredientes

Además, cualquier producto vendido en combos, paquetes o presentaciones agrupadas pagará 15% de IVA si al menos uno de los elementos está gravado.