Noboa envía a la Asamblea Ley Urgente para Recuperar Activos de Origen Ilícito

Autor

Redacción Teleamazonas.com

Actualizada:

15 ene 2024 - 18:54

El presidente de la República, Daniel Noboa, envió la noche de este lunes 15 de enero de 2024 un nuevo proyecto económico urgente a la Asamblea Nacional para reformar la Ley de Extinción de Dominio y la Ley de Armas en Ecuador.

El nuevo cuerpo legal busca la creación de la Ley para la Recuperación de Activos de origen ilícito y Transparencia en la Contratación Pública, según información hecha pública a los medios de comunicación.

Según en documento enviado a hasta el Legislativo, la ley tiene como objeto "extinguir los beneficios económicos asociados a la criminalidad, promover el fortalecimiento de la economía, la promoción de la seguridad ciudadana y la búsqueda de justicia social".

Lea también

La normativa busca reformar la Ley de Extinción de Dominio y la Ley de Armas.

La aplicación de esta nueva normativa serán de orden público y se aplicarán el en ámbito público y privado en todo el territorio nacional y estarán sujetos a estas disposiciones todas las personas naturales, jurídicas, públicas, privadas, nacionales y extranjeras que residan o actividades económicas en el Ecuador, reza el documento.

Además, se señaló que la finalidad de la Ley es facilitar la extinción de dominio de activos de origen ilícito a favor del Estado, y a su vez evitar la obtención de recursos ilícitos a través de la contratación pública.

Los principales objetivos de la Ley

La Ley que cuenta con 35 páginas y 66 artículos que reforman al menos tres cuerpos legales: la Ley de Extinción de Dominio, el Código Orgánico Integral Penal y la Ley de Contratación Pública.

Artículo 1. Objeto. La presente ley tiene por objeto extinguir los beneficios económicos asociados a la criminalidad, promover el fortalecimiento de la economía, la promoción de la seguridad ciudadana y la búsqueda de la justicia social; así como mejorar la transparencia y concurrencia de la contratación pública.

Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente ley son de orden público y se aplicarán en el ámbito público y privado, así como en todo el territorio nacional.

Artículo 3. Sujetos. Están sujetos a las disposiciones de la presente ley, todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales y extranjeras que residan y/o realicen actividades económicas en el Ecuador.

Artículo 4. Finalidad. La presente ley tiene como finalidad facilitar la extinción de dominio de activos de origen ilícito a favor del Estado, y a su vez evitar la obtención de recursos ilícitos a través de la contratación pública.

También en Teleamazonas