AMT realizará controles de velocidad en Quito durante la primera semana de septiembre
Los límites de velocidad en la zona urbana en Quito es de 50 km/hora para vehículos livianos. En las vías perimetrales se puede ir a 90 km/h.

Los controles de velocidad se realizarán en distintos puntos de la capital.
Quito Informa.
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Actualizada:
30 ago 2025 - 16:38
Los controles preventivos de velocidad continuarán en Quito la primera semana de septiembre, según confirmó la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) este sábado 30 de agosto del 2025.
Los controles preventivos son parte de la campaña “Cada vida cuenta”, que lleva adelante el organismo para reducir los índices de siniestros de tránsito en la capital. Estos coinciden con el retorno a clases en la Sierra.
Al ser controles preventivos, los conductores que superen los límites de velocidad no serán sancionados con multas económicas, sino que recibirán un llamado de atención por parte de los agentes de tránsito.
Los operativos de control se desarrollarán en distintos puntos de la capital en diferentes horarios, que están distribuidos de la siguiente manera.
- lunes 1 de septiembre, de 15:00 a 16:00 en la av. Napo y Tungurahua.
- martes 2 de septiembre, de 15:00 a 16:00 en la av. Panamericana Norte y Calixto Muzo.
- miércoles 3 de septiembre, de 10:00 a 11:00 en la av. Ilaló y Luis Hernández, en el valle de Los Chillos.
- jueves 4 de septiembre, de 10:00 a 11:00 en la av. Mariscal Sucre y Francisco de San Miguel.
- viernes 5 de septiembre, de 09:00 a 10:00, av. Mariscal Sucre y Mañosca.
- sábado 6 de septiembre, de 15:00 a 16:00, en la av. Cardenal de la Torre y Salvador Bravo.
- domingo, 7 de septiembre, de 09:00 a 10:00 en la av. Simón Bolívar, sector Mas Gas.
¿Cuáles son los límites de velocidad en Quito?
En Quito, el límite de velocidad general para vehículos livianos es de 50 km/h en zona urbana, mientras que en las vías perimetrales se permite un máximo de 90 km/h. Los conductores deben tener claro el tipo de vía y automotor para circular por la capital.
- Zona Urbana: El límite máximo es de 50 km/h para vehículos livianos y motocicletas.
- Vías Perimetrales: Los vehículos livianos y motocicletas pueden circular con un el límite de velocidad de 90 km/h.
- Restricciones para Transporte Público y de Carga: En la zona urbana, el límite para el transporte público es de 40 km/h, mientras que para el transporte de carga es de 40 km/h en vías urbanas y 70 km/h en vías perimetrales.
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