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Multa de USD 12 050 para Guillermo Churuchumbi y a dirigente de Pachakutik 

Inconsistencias financieras y firmas sin respaldo digital son las faltas en campaña que derivaron en la sanción al líder político y a otro miembro de su partido, según el TCE. 

TCE sanciona a Guillermo Churuchumbi y dirigente de Pachakutik por no justificar los gastos de campaña de la Consulta Popular 2024

Pachakutik 

Autor

Roberto Cadena

Actualizada:

21 sep 2026 - 18:13

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sancionó en primera instancia a Guillermo Churuchumbi, líder del Movimiento Pachakutik (Lista 18), y a Carlos Gabriel Sánchez Villagrán, responsable económico de la organización. 

La medida se tomó tras detectarse inconsistencias en el informe de financiamiento de la Consulta Popular y Referéndum 2024, donde promovieron el "No".

La sanción impuesta por la autoridad electoral equivale a 25 Salarios Básicos Unificados, lo que fija el valor de la multa en USD 12 050 para cada uno de los implicados. 

Los sancionados tendrán un plazo de 60 días para depositar los fondos en la cuenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) una vez que la sentencia esté ejecutoriada.

Las irregularidades detectadas

El proceso contra los dirigentes avanzó tras una denuncia interpuesta por el presidente del CNE, José Cabrera, por infracciones en la fiscalización del gasto electoral.

Entre las faltas confirmadas en el examen de cuentas del CNE constantes:

  • Entregas extemporáneas de los informes financieros requeridos por la ley.
  • Incumplimiento en la apertura y cierre de la Cuenta Bancaria Única Electoral.
  • Falta de respaldos en liquidaciones de fondos, lista de contribuyentes y comprobantes de aportes.
  • Uso de firmas electrónicas sin validez al omitir sus respectivos archivos digitales.

Aunque el movimiento político presentó sus descargos, el análisis técnico del órgano electoral ratificó 10 de las 12 observaciones notificadas inicialmente. 

Responsabilidad compartida

Durante el juicio, la defensa de Churuchumbi intentó desmarcar su responsabilidad asegurando que el manejo contable correspondía únicamente al responsable económico. 

Sin embargo, el juez sustanciador, Ángel Torres, desestimó el argumento.

El juez recordó que el Código de la Democracia determina la responsabilidad solidaria entre el representante legal y el encargado financiero cuando se cometen infracciones en el manejo de fondos públicos y de campaña.