Daniel Noboa abre la puerta a una reelección: ¿cuántos períodos permite la Constitución de Ecuador?
El presidente Daniel Noboa aseguró que existe la posibilidad de buscar un nuevo mandato al finalizar su actual período.

Daniel Noboa no descarta su reelección presidencial en Ecuador
Presidencia de la República del Ecuador
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Actualizado:
27 jul 2026 - 14:22
Aunque afirmó que su prioridad es la gestión de gobierno, sus declaraciones reactivaron el debate sobre las reglas de la reelección presidencial y los límites establecidos en la Constitución ecuatoriana.
El presidente Daniel Noboa dejó abierta la posibilidad de presentarse a una eventual reelección presidencial al finalizar su actual mandato en 2029.
La declaración la realizó durante una entrevista en Radio Sucre, donde fue consultado sobre si volvería a postularse a la Presidencia de la República.
Ante la pregunta, el mandatario respondió: "Sí, hay una posibilidad". Sin embargo, aclaró de inmediato que, por ahora, su principal objetivo es atender los problemas que enfrenta el país y continuar con la ejecución de su plan de gobierno.
"Las transformaciones toman más de un período"
Durante la entrevista, Noboa sostuvo que los procesos de transformación institucional y económica suelen requerir más tiempo que un solo mandato presidencial. A su criterio, los cambios estructurales necesitan continuidad para consolidarse.
"Usualmente estos procesos democráticos, de transformación y de transición política y económica toman más de un período. Toman entre ocho y diez años", señaló el jefe de Estado, al explicar por qué considera que un proyecto de gobierno puede extenderse más allá de cuatro años.
¿Qué dice la Constitución sobre la reelección presidencial?
La Constitución de Ecuador, en su artículo 114, permite actualmente que un presidente sea reelecto una sola vez, ya sea de manera consecutiva o alterna.
Esto significa que una misma persona puede ejercer el cargo por un máximo de dos períodos presidenciales.
Las autoridades de elección popular podrán reelegirse por una sola vez, consecutiva o no, para el mismo cargo. Las autoridades de elección popular que se postulen para un cargo diferente deberán renunciar al que desempeñan.
Art. 114 de la Constitución Política del Ecuador
Cada mandato presidencial tiene una duración de cuatro años, por lo que un presidente puede permanecer en funciones hasta ocho años si obtiene una reelección, siempre dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.
La reforma de 2015 y el cambio de 2018
Las reglas sobre la reelección presidencial han cambiado en los últimos años. En 2015, una enmienda constitucional permitió la reelección indefinida para cargos de elección popular, incluido el de Presidente de la República.
Sin embargo, esa disposición fue revertida en el referéndum y consulta popular de 2018, cuando la mayoría de los ecuatorianos aprobó eliminar la reelección indefinida y restablecer el límite de una sola reelección para el mismo cargo.
Noboa descarta una reelección
Aunque abrió la posibilidad de participar en una nueva elección presidencial, Daniel Noboa ha manifestado en distintas ocasiones que no plantea impulsar un modelo de reelección indefinida.
Su eventual candidatura se enmarcaría dentro de las reglas que actualmente establece la Constitución.
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