Corte Constitucional admite vía enmienda propuesta para que Asamblea designe autoridades
La CC determinó que esta propuesta no restringe derehos, no altera la estructura constitucional ni rompe la estructura del Estado.

Corte Constitucional admite que Asamblea trate vía enmienda designación de autoridades
Fernando Sandoval
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Actualizada:
03 mar 2026 - 16:41
La Corte Constitucional (CC) dio luz verde de tramitar vía enmienda una de las cuatro propuestas del presidente, Daniel Noboa, remitida el pasado 9 de septiembre del 2025.
El Ejecutivo recibió respuesta el pasado 22 de enero del 2026, cuando la Corte emitió el Dictamen 9-25-RC/26 de la magistrada ponente, Karla Andrade Quevedo.
La CC determinó que la propuesta para eliminar la facultad que tiene actualmente el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), pase a la Asamblea Nacional es procedente vía enmienda constitucional.
La propuesta de Noboa planteó lo siguiente:
¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?
Ante el pedido, la CC determinó que esta propuesta no restringe derehos, no altera la estructura constitucional ni rompe la estructura del Estado.
Además, el dictamen sostuvo que designar autoridades no es una función escensial del Cppcs, y que los nuevos procedimientos mantienen veeduría ciudadana, meritocracia y escrutinio público.
“En vista de que la propuesta no altera la estructura fundamental de la Constitución ni el carácter y los elementos constitutivos del Estado y tampoco supone una restricción de derechos o garantías constitucionales, la Corte Constitucional determina que puede ser tramitada a través de la vía de enmienda”, reza el texto del dictamen.
Tras este fallo la CC dispuso iniciar el respectivo control previo de constitucionalidad a los considerandos.
Así la Asamblea podrá tramitar esta iniciativa como enmienda, en dos debates, entre los cuales deberá transcurrir al menos un año, y para su aprobación se requerirá 101 votos (2/3 partes del Pleno).
La sentencia de la Corte no da paso vía enmieda a las propuestas de:
- Crear un registro de personas condenadas por delitos sexuales, con la finalidad de prevenir su participación en actividades que los vinculen con niñas, niños y adolescentes.
- Exigir una mayoría calificada (6 de 9 jueces) para que la Corte declare inconstitucionales leyes de iniciativa presidencial, decretos de estado de excepción y consultas populares impulsadas por el Presidente de la República.
- Creación de procedimientos penales especiales y expeditos para delitos de extorsión, robo y receptación dentro de los del artículo 81 de la Constitución.
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