38 impugnaciones ponen a prueba a 25 postulantes al cargo de fiscal general de Ecuador
La Comisión Ciudadana de Selección admitió 38 impugnaciones contra 25 postulantes al cargo de fiscal general de Ecuador.

Concurso para fiscal general: Comisión admite 38 impugnaciones contra 25 postulantes
Cpccs
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Actualizada:
14 ago 2026 - 12:27
La Comisión Ciudadana de Selección de la Fiscalía General del Estado admitió 38 impugnaciones contra 25 postulantes del concurso para elegir al próximo fiscal general.
Una impugnación no fue admitida y todavía puede ser apelada ante el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana.
25 postulantes enfrentan impugnaciones
La Comisión Ciudadana de Selección analizó las objeciones presentadas por ciudadanos y organizaciones sociales contra los aspirantes al cargo de fiscal general del Estado.
Tras revisar la documentación, resolvió admitir 38 impugnaciones que corresponden a 25 postulantes.
En el mismo proceso, la Comisión inadmitió una impugnación al considerar que no cumplía con las condiciones establecidas en la normativa. La decisión deberá ser notificada a las partes involucradas para que conozcan el resultado de esta primera etapa.
¿Qué pasa con la impugnación que no fue admitida?
La persona que presentó la impugnación que fue inadmitida tiene un plazo de tres días para apelar la decisión ante el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
La apelación deberá ser presentada ante la Comisión Ciudadana de Selección. Luego, esta instancia tendrá un día para enviar el recurso, junto con la impugnación y los documentos de respaldo, a la Presidencia del CPCCS.
El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana deberá conocer y resolver estas apelaciones en un plazo de tres días desde la notificación. La resolución que adopte será de única y definitiva instancia.
¿Por qué se puede impugnar a un postulante?
El reglamento del concurso establece cinco causales para presentar impugnaciones. Entre ellas están:
- Incumplimiento de requisitos legales.
- Falta de probidad o idoneidad.
- Estar involucrado en alguna prohibición o inhabilidad.
- Haber omitido información relevante durante la postulación.
- Haber falsificado o alterado documentos para participar en el concurso.
La Comisión Ciudadana tiene la obligación de analizar cada objeción y determinar si cumple con las condiciones para ser admitida.
El reglamento establece que, ante una duda sobre la procedencia de una impugnación, puede admitirla para garantizar el escrutinio público y la participación ciudadana.
Después de las impugnaciones vienen las audiencias
Una vez que el Pleno del Cpccs resuelva las eventuales apelaciones, la Comisión Ciudadana de Selección podrá convocar a audiencias públicas.
En estas jornadas se escucharán los argumentos tanto de quienes presentaron las impugnaciones como de los postulantes cuestionados.
Las fases siguientes son:
- Sustanciación de la audiencia única de pruebas y alegatos
- Resolución de la impugnación ciudadana
- Apelación a la resolución de la impugnación ciudadana
- Resolución de la apelación
- Informe final de la fase de escrutinio público e impugnación ciudadana.
Las impugnaciones forman parte del mecanismo de revisión pública de los candidatos antes de avanzar hacia las fases posteriores.
Superada esta fase el proceso continuará con las siguientes etapas previstas en el concurso para seleccionar y designar a la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado.
- Fase de oposición y recalificación
- Prueba escrita
- Prueba oral
- Simulación de audiencia de juicio
- Designación
- Notificación y publicación de resultados
- Posesión
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