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Violador serial es condenado a 29 años de prisión en Quito; esta es su octava condena

El hombre de 29 años atacaba a niñas, y mujeres adultas en distintos sectores de la capital. La condena es por un delito ocurrido en 2023.

Un hombre fue condenado a 29 años de prisión por violar a una joven en La Floresta.

Fiscalía General del Estado.

Autor

Lizette Abril

Actualizada:

09 feb 2026 - 17:00

Un tribunal de justicia sentenció a Eduardo Edison M. C. a 29 años y cuatro meses de prisión por el delito de violación, informó la Fiscalía General del Estado este lunes 9 de febrero del 2026. Con este fallo, el procesado suma su octava condena penal por agresiones sexuales cometidas en la capital.

La sentencia corresponde a un caso ocurrido en abril de 2023, en el sector de La Floresta, al norte de Quito, donde una mujer fue atacada cuando se encontraba en los exteriores de un hotel. Según la investigación, el agresor la interceptó y la llevó por la fuerza hacia una zona con vegetación, donde cometió el delito.

Durante la audiencia, la Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la víctima, quien relató las circunstancias del ataque y el impacto emocional que sufrió. En su declaración, señaló que el agresor aseguró actuar por “venganza”, al confundirla con una persona que lo había denunciado anteriormente.

A este testimonio se sumaron pericias de genética forense, informes técnicos y el reconocimiento del lugar de los hechos, elementos que, según el tribunal, confirmaron la responsabilidad del sentenciado.

Un historial marcado por la violencia

De acuerdo con información judicial, Eduardo Edison M. C. registra siete condenas previas por violación, incluidas sentencias dictadas en 2025 y 2026. Entre sus víctimas constan niñas, adolescentes y mujeres adultas.

Además, mantiene antecedentes desde 2008 y enfrenta otros procesos en investigación por hechos similares, según la Fiscalía.

Las autoridades han señalado que se trata de un agresor serial que operaba en distintos sectores de la ciudad, lo que permitió identificar un patrón en sus ataques. El caso fue juzgado con base en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de violación.

Al tratarse de un procesado reincidente, la pena fue incrementada en un tercio, conforme al artículo 57 del mismo cuerpo legal. Esta disposición permitió elevar la condena hasta los 29 años y cuatro meses de prisión.